La sentencia afirma que el establecimiento en la norma autonómica de «los límites consistentes en que los servicios de VTC tengan que ser contratados con una antelación mínima de 30 minutos antes de prestarse y la prohibición de geolocalización de los vehículos previa a su contratación, no se consideran compatibles con el derecho a la libertad de empresa».
|
etiquetas: supremo , uber , ayuso , madrid , taxi