"... me parece una broma la figura jurídica de la irresponsabilidad en alguien que ostenta semejante responsabilidad. Pero aun más broma parece que (...) nuestra Constitución (...), en su artículo 117, establezca que la justicia se administre en nombre del Rey. Claro, así se entiende que dos jueces hayan desestimado las sendas demandas de paternidad. No iban a ser tan audaces de condenar al Rey en nombre del Rey, cosa que a mí me hubiera provocado un placer enorme, aunque sólo sea por el exquisito carácter de su incongruencia".
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