La reforma del delito de sedición contiene una letra pequeña que endurece exponencialmente la reforma penal del PP de 2015. La nueva redacción permitirá imponer sanciones penales de seis meses a tres años de prisión a personas y grupos que ocupen una vía pública, como puede suceder en un recorrido alternativo en una manifestación, en la paralización de un desahucio o en aquellas otras situaciones que impliquen la ocupación (aunque sea temporal) de una entidad bancaria, un rectorado o una empresa con la que existe un conflicto sindical.
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