La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra ha rechazado el recurso de nulidad planteado por BBVA contra el auto dictado por este tribunal el 17 de diciembre de 2010 en el que concluía que, con la entrega de la vivienda al banco, el hipotecado saldaba su deuda. La Sección Segunda señala que "no parece irrazonable o arbitrario mantener que, si el banco se queda con un inmueble que él mismo valora en una cantidad superior al principal del préstamo, al menos en dicha parte del crédito esté resarcido"
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