Se trata de una pregunta legítima que tiene una respuesta rotunda: lo mismo que si la quiebra fuera española. Protección hasta un importe y pérdida, salvo disposición en contrario, a partir de ahí para el titular Sin embargo, el ejemplo de la entidad holandesa puede servirnos para desmontar, por la vía del ejemplo cercano, la demagogia argumental en la que se ha instalado parte de la progresía española, aquella que ha recibido con una sonora ovación la decisión de los ciudadanos islandeses de negarse a pagar lo que deben sus quebrados bancos.
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