La Audiencia de Barcelona ha confirmado los hechos probados de la sentencia dictada en septiembre del 2009 contra el exjuez decano de Barcelona, José Maria Regadera, por la disputa que tuvo con la que era su mujer. Sin embargo, la Sección 20 le exime de pagar la multa y la indemnización que el juzgado le impuso al “declarar extinguida la responsabilidad penal” por la prescripción de la falta de lesiones.
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