El ciclista fue atropellado por un turismo Seat Ibiza y sufrió lesiones de carácter leve. Al personarse en el lugar de los hechos los agentes y tomar nota de lo que había sucedido, decidieron denunciar al ciclista, aplicándole el artículo 121.5, del Código de la Circulación, que establece que una persona que circula sobre una bicicleta no es un peatón, sino que conduce un vehículo, y por lo tanto no tiene preferencia en el paso de cebra, además de cometer una ilegalidad cruzándolo a los mandos de un vehículo.
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