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Pena de excomunión para quien difunda el comunismo.

Pío XII aprobó el decreto del Santo Oficio del 1º de julio de 1949 en que expresamente prohíbe la Iglesia inscribirse en los partidos comunistas o favorecerlos; publicar, difundir, leer libros, periódicos, diarios u hojas volantes que patrocinen la doctrina o la acción de los comunistas. Los que tal hacen, consciente y libremente, quedan excluidos de los sacramentos. Y los que profesan la doctrina del comunismo materialista, la defienden y propagan, incurren ipso facto en excomunión reservada de un modo especial al Romano Pontífice.

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