Hace ya dos años, avisamos al Enemigo de que si se aprobaba la Ley Sinde, usaríamos ese sistema para denunciar a Google. Ha llegado la hora de demostrar que íbamos en serio. La idea es que la Sección Segunda de la Comisión de Propiedad Intelectual del Ministerio de Cultura (en adelante, S.S.) es un órgano administrativo. Como dijimos en la entrada anterior*, eso quiere decir que le es aplicable la Ley 30/92. Todo órgano administrativo debe cumplir unas obligaciones ante una petición: recibirla, sellar la fecha de entrada, abrir un número de ..
|
etiquetas: operación colapso , ley sinde