En este mismo artículo se señala que las administraciones habrán de promover la instalación y el correcto mantenimiento de las fuentes públicas y gratuitas de agua potable en espacios públicos abiertos. Lo mismo para los edificios dependientes del sector público valenciano. En cuanto a la obsolescencia programada, queda prohibido en la Comunitat la fabricación de cualquier tipo de producto con objetivos de limitación de vida útil, ya sea en la vertiente técnica, de diseño, durabilidad o software.
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