Hasta donde yo se, para que exista una multa de tráfico se necesitan dos cosas, un hecho sancionable y un infractor. Éste ha de ser identificado, y hasta no hace mucho, cuando se notificaba al propietario del vehículo una infracción, se le requería que identificase al infractor. Ahora parece que esto ya no es eso así, llamadme paranoico, pero yo lo relaciono con las nuevas tasas judiciales, que hacen que un procedimiento contencioso administrativo abreviado lleve asociadas unas tasas de 200 euros.
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