La Audiencia Nacional ha ratificado una condena de dos sentencias de 30.000 euros cada uno (60.000 euros en total) que fueron impuestas por la AEPD o Agencia Española de Protección de Datos a dos empresas de telemarketing subcontratadas por Jazztel. Estas se encargaban de realizar llamadas de televenta ofreciendo los servicios de la firma a clientes que incluso habían pedido expresamente que se les excluyera de este tipo de llamadas.
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