Según el Código Penal español, la falsedad de documentos públicos, oficiales y mercantiles puede acarrear “penas de prisión de tres a seis años, multa de seis a veinticuatro meses e inhabilitación especial por tiempo de dos a seis años”. Eso sí, la responsabilidad es de “la autoridad o funcionario público” que cometa la falsedad. Las multas de prisión e inhabilitación e contemplan cuando el trabajador responsable “altere un documento en alguno de sus elementos o requisitos de carácter esencial” o simule “un documento en todo o en parte...
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