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Los maltratadores no podrán heredar de sus víctimas en Catalunya

El Parlamento catalán aprobará mañana el proyecto de ley del libro cuarto del Código Civil, relativo a las sucesiones que, por primera vez en España, impide que las personas que hayan sido condenadas por maltratar a su pareja o a sus hijos se beneficien de la herencia de sus víctimas. Una de las novedades que incorpora el proyecto de ley es el concepto de "indignidad sucesoria".

| etiquetas: maltrato , violencia doméstica , catalunya , violencia contra la mujer
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