Las comunidades de propietarios de la capital tendrán que responder colectivamente ante posibles sanciones del Ayuntamiento si uno de sus vecinos no deposita (en bolsas) los residuos separadamente en los recipientes específicos suministrados por el Consistorio. Así lo ha establecido el Tribunal Supremo (TS) tras estimar un recurso interpuesto por el Ayuntamiento contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid que anulaba tres artículos (10, 76 y 78.3º) de la Ordenanza de Limpieza de Espacios Públicos y Gestión de Residuos
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