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El loco mundo de las incompatibilidades de los profes de Universidad

Los profesores de Universidad tenemos pues un régimen mucho más estricto en materia de incompatibilidades que el común de los funcionarios y por defecto sólo tenemos derecho a realizar las actividades privadas del art. 19 de la ley. La norma es absurda y esta diferenciación no tendría el más mínimo sentido… si la Administración fuera capaz (y tuviera ganas) de controlar y exigir debidamente a su profesorado.

| etiquetas: universidad , incompatibilidades , ley , profesorado

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