Al movimiento leonesista empiezan a darle los números. El artículo 143 de la Constitución establece que, toda vez iniciado el proceso por parte de la Diputación o las corporaciones locales, la ‘secesión autonómica’ puede prosperar con el apoyo de dos tercios de los municipios involucrados, siempre que representen por lo menos al 50% del censo.
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