La Dirección General de Tráfico permite conducir un ciclomotor inmediatamente al sacar el permiso de coche B y una moto apta para el carnet A1 (por lo general, una 125 cc de hasta 15 CV) a los 3 años de antigüedad. Es una norma que está presente desde 2004 en España Real Decreto 1598/2004 y que significó un cambio absoluto en el mundo de las dos ruedas, generalizando y posicionando a la cabeza de las cifras de ventas a las motos de octavo de litro. Permite ponerse a los mandos de una moto sin prácticamente formación específica.
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