Según el derecho internacional, a Juan Carlos I se le podría juzgar en Suiza por todos los actos realizados en aquel país tras la abdicación y por lo cometido de forma privada antes de la abdicación. La inmunidad de los jefes de Estado es de carácter funcional, por razón del cargo que ostentan. Una vez que se termina la función, acaba el privilegio.
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