Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictaminado que la renegociación de decenas de miles de ellas solo es válida si la entidad financiera puede demostrar que antes de modificarla le explicó al hipotecado con claridad, es decir, con cálculos en euros, qué supone para su bolsillo eliminar las condiciones iniciales, mantenerlas o rebajarlas. Y eso consiste en explicarle "de manera clara y comprensible" cuánto dinero pagaría en intereses con el índice que le propone el banco y con otros, a qué devolución renuncia y a qué sobreprecio
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