La JEC deberá decidir si inhabilita como diputado a Torra en aplicación de la norma que permite apartar a un cargo que haya cometido un delito contra la administración pública. En el caso de que la JEC optase por esta interpretación literal de la LOREG, el cese sería de aplicación inmediata sin esperar al recurso que está pendiente de resolución en el Supremo. El Estatut establece que el presidente de la Generalitat debe ser diputado y por lo tanto si la JEC falla en contra de Torra tendría que renunciar al escaño y al cargo
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