El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 33 de Madrid ha anulado una multa de 200 euros impuesta por no pasar la ITV a un vehículo que se encontraba estacionado al considerar que "el ilícito a sancionar está constituido por el hecho de circular, no por el incumplimiento de someter el vehículo a la ITV de forma periódica".
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