Un juez de Bilbao ha resuelto la legalidad del llamado canon por copia privada aplicado a los CD grabables. Ante la demanda de un particular que solicitó la devolución de 0,42 euros que había pagado en concepto de tasa a los autores por un CD-R que demostró haber utilizado para grabar documentos del juicio, la sentencia ha establecido que lo distintivo de la protección de los autores regulada por la Ley de Propiedad Intelectual no es el uso que se dé a los soportes de grabación, sino si sirven para hacer copias "ilegales". (No sé si es repe)
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