Ante el intento de incriminar a los propietarios de redes que las dejasen abiertas por el uso o descargas que pudiera hacer alguien. El acusado se defendió diciendo que la IP no es un dato válido para incriminarte porque su red estaba abierta y el contenido lo pudo descargar un tercero, la acusación intento decir que el debía cerrar la red o hacerse cargo de las acciones de los que la usen. Perdió el primer juicio, pero la apelación ha decidido que el "abstracto" riesgo de mal uso por terceros no es suficiente para incriminarle.
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