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José tenía razón y la incapacidad no volverá a ser motivo de despido: "Estaba bastante mal y acababa de tener un bebé"

José tenía razón y la incapacidad no volverá a ser motivo de despido: "Estaba bastante mal y acababa de tener un bebé"

El Estatuto de los Trabajadores determina que la incapacidad permanente total o absoluta del trabajador es motivo de extinción del contrato. El proceso iniciado por José Angorrilla, tras perder su trabajo después de un accidente laboral, provoca que el Tribunal de Justicia de la UE fuerce a España a cambiar su legislación: España vulnera la directiva europea sobre la igualdad de trato en el empleo, la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE y la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

| etiquetas: tribunal de justicia de la ue , españa , josé angorrilla , incapacidad
España siempre avanzando a golpe de colleja Europea. :roll:
#1 Creo que, en serio, deberiamos subcontratar los juzgados a Europa, así nos ahorrariamos muchos disgustos.
#5 los contratariamos como auxiliar de juzgados, a 20 horas currando 80
#1 Como la colleja con la que quieren que pagemos peajes por sus cojones cuando ya se recauda suficiente sin necesidad de los mismos?¿
Europa no siempre acierta, otra cosa es que os haga felices este tipo de casos, por alguna razon.
#7 Perdona pero...a tí este tipo de casos no te hace feliz? No me entero...
#17 Yo no dije que no me haga feliz casos como este.
Pero Europa no siempre dicta cosas favorables como en este caso.

Solo me llama la atención la bilis de satisfacción que sueltan algunos cuando Europa le da una "colleja" a España.
#21 Dices "collejas" cuando yo creo que son temas jurídicos complejos que no deben estar tan claros cuando debe salir el Tribunal de la UE a aclarar el tema a través de una sentencia.

Hay muchas leyes en nuestro ordenamiento jurídico que no están como se exige desde la UE, pero al final, la mayoría de las leyes de un país dependen única y exclusivamente de lo que se vota en la UE, que ojo, votamos dentro de poco...y alguno no se ha enterado que son casi más importantes que las elecciones generales...

PD: no me negarás que este tipo de sentencias favorece a la sociedad española...
#23 Dije "colleja" pq es la palabra usada pro el comentario al que respondi inicialmente.

Claro que esto a favor de las sentencias favorables. Pero por desgracia no todas lo son (vease peajes).
#24 El que digo que "todas lo son" no tiene ni pies ni cabeza y por eso no habría que perder el tiempo en debatir...
Un saludo
#7 La UE no es perfecta, es más, soy muy critico con ella e incluso me he vuelto euroescéptico por su política internacional.

Pero las cosas como son, en la mayoría de casos acierta y especialmente en este caso nose que ves mal.
#35 Cuando dije que viera algo mal con este caso?
Gracias Europa, gracias.
#4 No hay nada como que un particular lleve estas cosas hasta su últimas consecuencias y jurisprudencialmente cambia todo. “Mis dies” a este señor y todos los ejemplo de la noticia

Ahora me estoy acordando que hace algún tiempo hubo una reforma y estaban echando a gente con diagnóstico de cáncer (tratamientos y demás que eso te deja “grogui” un tiempo hasta que te recuperas)

Lo que es justo es justo y no hay más
Lo que no entiendo realmente es como puede seguir trabajando con una incapacidad permanente total o absoluta.

Para mí es lógico extinguir el contrato, que se cobren las coberturas de los seguros pertinentes y que pasen a cobrar una pensión de incapacidad del estado.

No entiendo lo de "seguir trabajando" cuando eres incapaz de trabajar.

Probablemente si me leyera la noticia no explicarían, pero soy muy vago y tengo una reunión en unos minutos :-/
#8 "...pero cuando los tribunales le dieron la razón y el INSS declaró su incapacidad permanente, su contrato fue rescindido, pese a que ya realizaba otra actividad que sí podía desempeñar..."

este hombre, simplemente, quiere que le dejen seguir trabajando. No quiere ser un "mantenido" por el estado porque se siente todavía útil, y el hecho de que le hubiesen podido acomodar su puesto en la empresa así lo demostró.
#9 bueno, acabo de revisar la IPT, y parece que solo te incapacita para tu oficio.

Puedo entender que en ciertas empresas eso sea lógico para que se extinga el contrato, y en otras no sea tan determinante.
#10 en su puesto anterior, cargando y descargando camiones, es obvio que no puede seguir trabajando. Pero cogiendo el teléfono, ordenando la labor del día y resolviendo incidencias, ¿por qué no? "solo" es cojo de un pie.
#11 A ver, ¿pero existe ese puesto de trabajo en la empresa para que él lo cubra? Si existe, perfecto, pero si no existe ....
#13 esos tres puntos significa que se joda?
Porque cabe recordar que su invalidez viene por un accidente laboral, entiendo que acaecido en la propia empresa. No deben hacerse responsables de sus accidentes laborales?
#15 Esos tres puntos significan que no sé cuál es la solución. Claro, si es un accidente del cuál es responsable la empresa, esta deberá hacerse cargo de las indemnizaciones debidas, hasta el último céntimo que determinen los tribunales. Sólo faltaría. #19 Pues si es así, no veo motivo para el despido, que siga trabajando el buen hombre.
#15 Creo que aquí hay un poco de confusión general de incapacidades y entiendo lo que #22 decía.

La entradilla habla de PERMANENTE TOTAL y ABSOLUTA sobre el estatuto y parece que la sentencia de europa habla de ambas. Pero no... La IPT es "cuando un trabajador no puede continuar realizando las funciones esenciales de su puesto de trabajo u oficio habitual" y ahí es lógico que si la empresa tiene otro puesto que pueda cubrir, lo intente en su medida.

Pero la absoluta es "el…   » ver todo el comentario
#15 Para eso están la prestación social, el seguro de invalidez y accidentes, etc.
Si una PYME con 15 personas en un taller y dos en una oficina tiene que reubicar a alguien ¿se inventa un puesto? La reubicación no es forzosa porque, a veces, no es posible. ¿Echa a la calle al contable y fiscal o al ingeniero para poner al operario de maquinaria en su puesto? ¿haciendo qué? ¿espera a que se saque una ingeniería o termine la carrera de empresariales?

Es una buena noticia que, cuando una…   » ver todo el comentario
#13 YA LO ESTABA EJERCIENDO cuando le despidieron. YA EXISTÍA cuando le despidieron.
#19 #20 lo pusieron en otro puesto porque no lo podían despedir, no porque fuera necesario en ese puesto. Si hubiera sido así no lo habrían despedido ahora porque su nuevo trabajo sería necesario. Fue solo para ahorrarse el jardín en que se meterían.
#13 Teniendo en cuenta que, como dice en la noticia "ya realizaba otra actividad que sí podía desempeñar...", yo diría que sí, puesto que ya estaba en ese puesto. :roll:
#9 Ya, pero es que tampoco tiene por qué ser un "mantenido" de la empresa si realmente no puede trabajar. En este caso parece que sí tenían un puesto que ofrecerle que él podía hacer, pero en muchas otras igual no. Además puede suponer un perjuicio claro para la empresa tener un trabajador con limitaciones. Quizás podrían compensarlo con bonificaciones como cuando hay puestos con X% de minusvalia.
#9 el hecho de que le hubiesen podido acomodar su puesto en la empresa así lo demostró.

Hombre, se demostró que habían obligado a la empresa a acomodarle un trabajo. Si es una empresa con 10 trabajadores o tuvieron que tener 11, o incluirlo a él y tener 9 + él.

Lo que dice la noticia es que no será motivo automático de rescision de contrato. Pero habrá muchos casos, sobre todo en empresas pequeñas, que será inviable.

Lo dicho si tienes 3 trabajadores,
vas a tener 2 + él
O tener 4 trabajadores y ver si te salen las cuentas.

Por mi parte me parece muy loable que quiera seguir trabajando.
#9 opino que, una vez concedida la incapacidad permanente, no da lugar a hacer otras tareas que puede desempeñar, basicamente porque a lo mejor ( suposición) el puesto de trabajo que esta requiere de otras tareas también, que el no pueda desempeñar ( ej. puede vender cara al publico pero no puede limpiar su puesto de trabajo una vez terminada la jornada) ...
#8 Con una total se entiende que podría trabajar en un puesto diferente. Con una absoluta, yo tampoco lo entiendo, la verdad. La absoluta es incompatible con cualquier trabajo.
Héroe
Leyendo el titular ¿No le falta al término incapacidad el adjetivo laboral?
Debo de ser un mal pensado.
« El Estatuto de los Trabajadores determina que la incapacidad permanente total o absoluta del trabajador es motivo de extinción del contrato»

¿Los Sindicatos aceptaron eso firmando el Estaputo?
#18 Es medianamente lógico. Si tu has contratado una persona para un trabajo y no puede realizarlo, sintiendolo mucho es muy posible que no tengas trabajo para esa persona.

Otra cosa es este caso, que ya estaba realizando un trabajo que podía realizar. Pero imagina que tienes una empresa de autobuses y un conductor se queda ciego... ¿dónde le recolocas? O tetrapejico.
#18 Lo sindicatos lo firmaron y los españoles volvimos a votar a los políticos que lo perpetraron.
Menos mal que el chaval se ha llevado el bote de pasapalabra...
Que dios te guarde

menéame