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Las indemnizaciones por incapacidad total permanente no son bienes gananciales

Las indemnizaciones por incapacidad total permanente no son bienes gananciales

Bienes contemplados como privativos de cada uno de los cónyuge. Así se lo reconoció el Magistrado del Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Guadalajara en su sentencia, de 21 de mayo de 2014. Disconforme con el fallo, Julián lo recurrió ante la Sección 1ª de la Audiencia Provincial de Guadalajara. La Audiencia Provincial, no sólo tampoco le dio la razón, sino que lo condenó a las costas del proceso, por lo que Julián recurrió al Alto Tribunal e interpuso recurso de casación en su modalidad de interés casacional, que es lo que antes se entendía

| etiquetas: indemnizaciones , incapacidad , permanente

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