La titular del Juzgado de lo Social número 17 de Madrid ha reconocido el derecho de la esposa e hija de un trabajador que sufrió un daño cerebral por el que finalmente falleció a percibir el importe de la pensión de gran invalidez que le fue denegada por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), en su condición de herederas.
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