Así lo ha decidido el Tribunal Constitucional (TC) en una sentencia, de 26 de noviembre de 2009, en la que explica que como a los ciudadanos se les exige el pago de intereses desde la primera sentencia, consentir que Hacienda los pague desde la última atentaría contra un derecho fundamental, reconocido en la Constitución, en el artículo 14, como es el derecho a la igualdad.
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