El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha anulado una condena de tres años y medio de prisión a un varón que había sido condenado en Melilla por un delito de abusos sexuales tras la entrada en vigor de la ley del «sólo sí es sí» al aceptar de oficio que ha quedado destificado el antiguo delito de abuso sexual con menores con más de dieciséis años regulado en el artículo 182.2 del Código Penal.
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