Auto del Supremo implica que en España, con más de 8.000 ayuntamientos, habría que interponer eventualmente más de 8.000 demandas contencioso-administrativas para garantizar el mismo derecho a grabar los plenos, lo que a todas luces supone una flagrante vulneración del principio de economía procesal, celeridad y eficacia en el funcionamiento de la Administración, máxime teniendo en cuenta que las 8.000 demandas se ganarían con costas y supondrían millones de euros que tendrían que pagar los ayuntamientos, es decir, los contribuyentes.
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