El Consejo de Ministros ha acordado interponer un recurso de inconstitucionalidad contra la Ley catalana 4/2010, de consultas populares por vía de referéndum, "al vulnerar las competencias exclusivas del Estado sobre la regulación y convocatoria de referendos". Argumenta que el Estado tiene competencia exclusiva para regular y convocar referendos, mientras que la competencia autonómica sólo cabe sobre las consultas populares, como recoge el artículo 122 del Estatut
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