A partir de ahora, en sus etiquetas podrán decir que "disminuye la sensación de hambre" o "aumenta la sensación de saciedad" siempre que las empresas aporten pruebas científicas que lo justifiquen. De este modo, las declaraciones que ahora se autorizan sólo se permitirán en el caso de que las empresas aporten evidencia científica que las justifique y su redacción sea "correctamente entendida por el consumidor medio". Asimismo, se mantiene la prohibición de anunciar el ritmo o la magnitud de la pérdida de peso para evitar conductas....
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