La norma exige que el presunto perjudicado por la paralización del desalojo espere esos tres meses y, además, sea capaz de demostrar un "perjuicio económico" -así lo expresa el decreto- por la medida. Sólo en ese momento podrá solicitar la indemnización económica. Pero es en el caso de los inmuebles habitados sin contrato, es decir, las okupaciones, en el que será más difícil el trabajo legal. Así, cualquier persona inmersa en un procedimiento de desahucio podrá alegar su condición de vulnerable.
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