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La Generalitat valenciana no ha declarado el máximo nivel de emergencia que permite su legislación

La Generalitat valenciana no ha declarado el máximo nivel de emergencia que permite su legislación

La ley de Protección Civil y Gestión de Emergencias de la Generalitat prevé, en su artículo 12.4, que “cuando la situación de peligro o los daños ocurridos por su especial extensión o intensidad particularmente grave, y en tanto no sea declarado por el Estado el interés nacional o uno de los estados previstos en el artículo 116 de la Constitución, el presidente de la Generalitat podrá declarar la situación de emergencia catastrófica”.

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