Entre los argumentos de los jueces de la Sala A de la Cámara Civil, se lee: "Resulta indispensable el pronunciamiento judicial que decrete la separación o el divorcio de los cónyuges, pues mientras tanto, la comprobada relación sexual extramatrimonial provoca la configuración de la causal de adulterio. La circunstancia de que se hubiera producido la separación de hecho entre los esposos, de ningún modo los autoriza a cometer esta afrenta, en tanto el deber de fidelidad se perpetúa durante la vigencia del vínculo ( Argentina )
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