La Comisión Europea ha abierto un procedimiento contra España tras la queja de una empresa extranjera. La compañía cree que el reconocimiento de una medida para evitar la doble imposición exclusivamente a los socios residentes resulta discriminatorio. Así, las empresas extranjeras que hayan vendido participaciones de entidades españolas en los 4 últimos años y obtuvieron ganancias de capital sujetas a tributación en España, y que hayan tributado en sede de dicha entidad participada, podrán solicitar la devolución de lo ingresado.
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