La sentencia da la razón a la trabajadora y condena a la empresa a readmitirla y a abonar los salarios de tramitación, más una indemnización de 1.000€ por los daños morales y perjuicios derivados de la vulneración del derecho a huelga. El Juzgado de lo Social número 2 bis de Móstoles ha fallado a su favor y ha reconocido la nulidad del despido. De acuerdo con la sentencia, Estela deberá ser readmitida en su puesto de trabajo, cobrar los salarios de tramitación (desde el despido hasta la fecha de notificación de la sentencia)...
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