El artículo 42 de los estatutos del partido a los que se refirió Cospedal dice literalmente que el secretario, en este caso ella, ostenta “la dirección de todos los servicios y la jefatura de su personal”. Al tesorero le reserva “las funciones que legalmente le correspondan y aquellas que le encomiende el Comité Ejecutivo”. La secretaría general, a su vez, es la responsable de ejecutar los acuerdos del comité. La ‘número dos’ asegura al juez que estaba liberada de supervisar la tesorería.
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