Respeto al pluralismo. Un Estado puede implantar asignaturas obligatorias sobre contenidos morales e ideológicos, siempre y cuando garantice "la imparcialidad y neutralidad del Estado". El Tribunal de Estrasburgo no aceptó que en Turquía sólo se enseñara en la asignatura de religión la obediencia sumita dentro del Islam y se eludiera la corriente aleví (minoritaria en el país), argumentando que debía enseñarse la pluralidad. Y tampoco aceptó que en Noruega se diera más protagonismo al cristianismo que a las otras confesiones (...).
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