El Real Decreto facilita la aplicación de un Reglamento europeo que mejora las indemnizaciones que pueden percibir los pasajeros que viajen en buques que realicen trayectos internacionales. En consecuencia, prohíbe la navegación a todo buque español dedicado al transporte internacional de pasajeros por mar si no lleva a bordo el nuevo certificado acreditativo de la existencia del seguro, así como la entrada en puerto o la salida a todo buque extranjero si no lleva a bordo el mencionado certificado.
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