edición general
15 meneos
17 clics

Empresas que hayan despedido sin causa en los últimos meses podrán deducirse ahora por contratar

Empresas de menos de 50 trabajadores que hayan despedido alegando causas objetivas declaradas posteriormente improcedentes por sentencia judicial o que hayan presentado un expediente de regulación en los últimos meses de 2011 o en el pasado mes de enero, podrán contratar desde este a través del contrato para emprendedores y beneficiarse, por ejemplo, de la deducción del 50% equivalente a la prestación que le quedase por consumir al trabajador en caso de proceder del desempleo.

| etiquetas: empresas , despidos , deducción , contratación , derechos

menéame