De acuerdo con la nueva norma, el empresario podrá trasladar a un empleado, siempre que alegue "razones económicas, técnicas, organizativas o de producción que lo justifiquen", siendo consideradas éstas "las relacionadas con la competitividad, productividad u organización técnica o del trabajo en la empresa". Llegados a este punto, el trabajador tendrá dos opciones, exactamente las mismas que tenía antes de la aprobación de la nueva norma: asumir el cambio o la extinción de su contrato.
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