Según la versión de la Directiva 2017/517, publicada en el BOE, España ha tenido hasta el 8 de septiembre de este año para hacer las modificaciones legales necesarias para incorporarla al derecho interno, plazo que ha sido agotado. De acuerdo a la norma comunitaria, la laxitud con la que cualquier cosa se puede identificar como "terrorismo" en la norma española choca con esta nueva regulación, que exige datos y elementos más precisos para llegar a tal conclusión.
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