El día 8 de marzo, una juez de Barcelona condenaba a Pedro Varela a una pena de prisión de un año y tres meses por la difusión de ideas genocidas [...] Aunque la cuestión puede dar lugar a un legítimo debate sobre la conveniencia de permitir o prohibir la expresión de esta clase de opiniones, voy a intentar explicarlo desde un punto de vista jurídico. ¿Puede condenarse a alguien por difundir ideas genocidas, o queda amparado por la libertad de expresión?
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