edición general
4 meneos
23 clics

Desobediencia, resistencia y desórdenes: diferencias entre la valoración en vía administrativa y en vía penal

La calificación del comportamiento como infracción administrativa o como delito dependerá de datos objetivos. En otros casos, la calificación del comportamiento como infracción administrativa, como delito o como falta, dependerá de circunstancias de hecho. Tal es el caso de comportamientos calificables como desobediencia, resistencia a la autoridad o alteración del orden público. La desobediencia, como infracción administrativa, está tipificada en la Ley 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana...

| etiquetas: desobediencia , resistencia , desórdenes , vía , penal , administrativa

menéame