edición general
143 meneos
152 clics

El Derecho Internacional contempla la "inmunidad total" del avión presidencial

En el Tratado de Viena sobre las Relaciones Diplomáticas, su artículo 22.3 dice que los medios de transporte diplomáticos "no podrán ser objeto de ningún registro" y en el 26 que el Estado con relación diplomática garantizará "la libertad de circulación y de tránsito por su territorio". El artículo 40 señala que "si un agente diplomático atraviesa el territorio de un tercer Estado (...) para reintegrarse a su cargo o para volver a su país, el tercer Estado (...) le concederá la inviolabilidad y todas las demás inmunidades necesarias"

| etiquetas: tratado de viena , derecho internacional , bolivia , evo morales
130 13 1 K 48 mnm
130 13 1 K 48 mnm

menéame