El Defensor del Pueblo destaca en su respuesta que se trata de «un derecho reconocido conectado con el derecho de defensa (artículo 24 de la Constitución), de modo que todo aspirante inmerso en un proceso selectivo que se está tramitando está legitimado para solicitar el acceso a la información relativa a otros aspirantes si ello es necesario para defender sus derechos e intereses»
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