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Deberá abonar 147 mil euros por daños morales a su expareja al ocultarle que no era el padre biológico de su hijo

La Audiencia Provincial de Gerona, en sentencia dictada el pasado 19 de abril de 2018 estima parcialmente el recurso interpuesto por el padre en un procedimiento de impugnación de filiación matrimonial. Aumenta la cuantía de la indemnización a percibir por daños morales –de 10.000 a 40.000 €- y le da la razón respecto de la posibilidad de accionar por responsabilidad civil extracontractual en reclamación de los daños patrimoniales, fijándolos en otros 107.269 €. La esposa ocultó durante 22 años a su marido que el hijo del matrimonio no era suyo

| etiquetas: daños morales , indemnización , paternidad , sentencia

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