En "Las riquezas de las naciones" (Libro Segundo, Capítulo II, décimo párrafo desde el final), Adam Smith describe una curiosa cláusula contractual que idearon en el siglo XVIII los bancos escoceses que emitían billetes. Como por entonces tales billetes eran convertibles en oro o plata cuando lo exigía su tenedor, los bancos, al mantener como reserva en metal precioso tan sólo una fracción del volumen de billetes en circulación, se exponían al riesgo de no poder hacer frente a una solicitud masiva de reembolsos.
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