Al revisar una demanda de constitucionalidad contra 18 artículos del Código Civil referentes al tema de la herencia, la Corte Constitucional tumbó la limitación que existía para que los bienes pasaran legalmente solo entre cónyuges. La demanda pretendía reconocer explícitamente ese derecho a los compañeros permanentes (parejas en unión libre) y, por extensión, los magistrados ordenaron aplicarlo a las parejas homosexuales.
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